La fracción del Partido Revolucionario Institucional (PRI) en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa de ley para despenalizar el uso lúdico de la mariguana y empatar la legislación con los amparos otorgados por la Suprema Corte de Justicia a consumidores de cannabis.
Por conducto de los legisladores René Juárez, Dulce María Sauri, Mariana Rodríguez y Claudia Pastor, la bancada priista en el Palacio de San Lázaro propuso, sin embargo, mantener la prohibición al comercio, publicidad o promoción de la mariguana que fomenten su ingesta a menores de edad.
Planteó asimismo mecanismos de información, educación y prevención sobre las consecuencias y efectos perjudiciales vinculados al consumo del estupefaciente “cannabis” y del psicotrópico “THC”, conocidos en conjunto como mariguana, así como sus derivados.
Las reformas a la Ley General del Salud y al Código Penal Federal propuestas por los legisladores del PRI definen como “consumo personal con fines lúdicos o recreativos” el cultivo, cosecha, preparación, posesión y transporte para el consumo personal del estupefaciente “cannabis” y el psicotrópico “THC”, realizado por personas mayores de 18 años.
Prevé permitir el consumo personal con fines lúdicos o recreativos de mariguana a personas mayores de 18 años, conforme al derecho humano al libre desarrollo de la personalidad y las acciones o actividades necesarias para materializarlo.
La iniciativa establece, sin embargo, la prohibición del consumo de mariguana en establecimientos comerciales con acceso público y demás puntos de concurrencia masiva donde pueden acceder menores de dieciocho años, así como realizar actos de comercio, suministro o cualquier otro que se refiera a la enajenación y distribución del estupefaciente.
“Queda prohibido llevar a cabo publicidad o promoción como medio para posicionar el estupefaciente ‘cannabis’ y el psicotrópico ‘THC’, en conjunto conocido como mariguana, que fomente su compra o comercialización”, puntualiza el articulado.
De igual forme prohíbe todo acto de discriminación dirigida a personas mayores de 18 años que realicen un consumo personal con fines lúdicos o recreativos de la mariguana.